lunes, 18 de noviembre de 2019

REGLAMENTACIÓN HAY PARA LA COCINA SOUS VIDE.


QUE REGLAMENTACIÓN HAY PARA LA COCINA SOUS VIDE???

La cocción sous vide debe realizarse en condiciones de higiene rigurosas que se describen en la normativa vigente (R.S.A. D.S. 977/96). Para ayudarle, las organizaciones han elaborado guías de buenas prácticas de higiene y manufactura para darle medios concretos para respetar esta normativa.


Antes de utilizarla, también debe recibir formación en envasado y cocción al vacío, ya que esta técnica presenta un riesgo innegable si está mal controlada.

Por último, debe respetar las normas de etiquetado que se describen a continuación y hacer validar sus tiempos de vida mediante análisis bacteriológicos. Esta guía ofrece un protocolo sencillo para validar la vida útil de los productos al vacío a la temperatura correcta.

Para el almacenamiento interno: indicación de fecha de embalaje, fecha de fabricación y nombre del producto.

Para una venta en tienda o a un intermediario: etiquetado con las menciones obligatorias más lo estipulado por el R.S.A.

CONSEJO
Cada vez son más los clientes que piden los productos sous vide vendidos en las tiendas.

Esta práctica se considera un simple servicio, por lo que no está obligado a etiquetar.
No obstante, es aconsejable colocar una etiqueta informativa: vida útil del producto y la indicación:
«Conserva a 4° C y consumir rápidamente después de la apertura».


ATENCION
Las nuevas obligaciones en términos de trazabilidad son definidos en el reglamento. (La trazabilidad de producto consiste en un conjunto de medidas, acciones y procedimientos que permiten registrar e identificar cada producto desde su origen hasta su destino final.)


Agradecimientos a Chef Analia Cofre Carrera

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